RESOLUCION Nº 58/2022

SANTA ROSA, 14 de marzo de 2022

 

 

 

VISTO:

 

El Expediente N° 15368/2021 -MGEyS- caratulado “MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS – INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA –S/CONCURSO PROVINCIAL DE ANTEPROYECTOS –PLAN MAESTRO Y URBANIZACION DE 44.5 HECTÁREAS- EN LA CIUDAD DE GENERAL PICO” y;

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que son remitidas nuevamente las presentes actuaciones en las que se proyecta un decreto por el cual se autoriza al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (I.P.A.V.) a formalizar con el Colegio de Arquitectos de La Pampa un convenio en el cual se contemplan las clausulas para llevar adelante un Concurso Provincial de Anteproyectos que permitan desarrollar un Plan Maestro Integral y de Urbanización de 44.5 hectáreas en la ciudad de General Pico;

 

Que a fs. 79 obra Resolución Nº 46/2022 de este Tribunal por la que se requirió al I.P.A.V. incorpore a las actuaciones constancia del trámite de registración del dominio del inmueble Partida N° 602572 Nomenclatura Catastral: Ejido 021, Circunscripción III, Chacra 002, Parcela 8, Sup. 59 Has 25 As. 13 Cs., así como también proceda a incorporar al acto proyectado la fundamentación dada respecto al monto del presupuesto oficial de la obra, conforme se señala en los considerandos de dicha Resolución. Asimismo se suspendió el plazo establecido en el artículo 2° del Decreto Ley N° 513/69, hasta tanto se remitan nuevamente las actuaciones a este Tribunal, dando cumplimiento a lo requerido;

 

Que a fs. 81/86 se incorporan constancias de intervención de la Escribanía General de Gobierno, adjuntando Certificado Catastral, Certificado de Condiciones de Dominio N° 5362/2022 y Certificados de Inhibición, todos de fecha 08/03/2022 e informe de la titular del organismo, indicando que por ante dicha repartición tramita la realización del acto escriturario con fecha de firma establecida para el día 14/03/2022 a las 10:00 hs, estando pendiente de obtención el libre deuda de la Municipalidad de General Pico;

 

Que a fs. 87/94 se adjunta nuevo proyecto de decreto, contemplando los requerimientos formulados por este Tribunal respecto el valor del presupuesto oficial;

 

Que a fs. 97/100 se agrego copia de escritura número 17, con renuncia al usufructo y compraventa a favor del I.P.A.V;

 

Que con la documentación aportada se verifica que se encuentra en proceso el trámite de registración del dominio del inmueble a nombre de la Provincia;

 

Que teniendo en cuenta ello, y dados los antecedentes de las actuaciones donde se da cuenta de un proceso de registración en trámite, corresponde se aprueben las mismas en los términos del artículo 5º del Decreto Ley N° 513/69;

 

 

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

Artículo 1º: Aprobar el Proyecto de Decreto obrante a fojas 87/94, por las fundamentaciones vertidas en el exordio, en los términos del artículo 5º inc. c) del Decreto Ley N° 513/69.-

 

Artículo 2º: Regístrese por Secretaría, comuníquese a Contraloría Fiscal y pase al Instituto Provincial de Vivienda a sus efectos.